Los servicios que presta el Bufete Jurídico Social (BJS) son pro bono, esta es una palabra que viene del latín y que significa “por el bien público”. Con ello se hace referencia a que los servicios profesionales son prestados en beneficio de la sociedad, de forma voluntaria y gratuita, utilizando la experiencia y la capacidad profesional.


Explicamos esto para que puedas distinguir, desde este momento, si tu situación podría o no calificar como un asunto pro bono y qué puedes esperar de ello.
En primer lugar, como puedes ver en la explicación que damos de lo que es un servicio pro bono, puedes confiar que los abogados que te atiendan lo harán de forma voluntaria y gratuita, además de que lo harán con todo el profesionalismo posible. Todos los miembros del BJS nos unimos de forma voluntaria, nadie nos obligó, y no cobramos por nuestro servicio y cada asunto que vemos lo atendemos con pasión. Esto no quiere decir que todo lo relacionado con tu caso será completamente gratis, ya que en ocasiones hay ciertos gastos que deberás cubrir, aunque nunca honorarios de los abogados.


Si deseas saber qué aspectos hacen que tu asunto sea considerado o no pro bono, por favor da clic abajo en las “Preguntas Frequentes”. Una vez que lo hagas, si crees que tu asunto podría calificar como pro bono, da clic en “Ir al Formluario”. Hay dos opciones: si lo estás haciendo tú, de manera individual, entonces da clic en el de “Beneficiario (Persona Física)” y si eres una fundación, asociación civil o institución de asistencia privada, entonces da clic en donde dice “Organizaciones Civiles”.

  1. Asesoría y/o representación o patrocinio legal en atención a los públicos objetivos
  2. La capacitación a las personas y organizaciones referidas en los incisos anteriores, en distintas áreas del derecho, para el fomento de una cultura de legalidad;
  3. Los estudios o análisis legales que puedan influir en la legislación y políticas públicas cuyo objetivo sea el apoyo a minorías, grupos vulnerables y/o derechos humanos, por el bien común, tendientes a lograr cambios sistémicos en beneficio de la sociedad en su conjunto;
  4. La defensa y promoción de los derechos humanos; y
  5. La promoción del trabajo pro bono.

Extraído de la Página Web: “Estándares Pro-Bono MX”: https://estandaresprobono.mx/estandares-del-trabajo-pro-bono/

  1. Los servicios o actividades voluntarias en favor de la comunidad que no involucren representación o asesoría legal;
  2. Asesoría o representación legal en favor de familiares o amigos;
  3. Los cargos en los órganos de Consejo, Patronato, Junta Directiva, miembro, asociado de cualquier tipo de organizaciones aún y cuando no sean remunerados;
  4. Organización, promoción y asistencia a eventos sociales de organizaciones o de despachos de abogados;
  5. Dictar cátedra en escuelas de derecho;
  6. Escribir y publicar libros o artículos de derecho;
  7. Los servicios legales impagos;
  8. Los servicios legales cuyo pago está sujeto a una condición, como la obtención de un fallo favorable, o realizados con la expectativa de recibir un pago, presente o futuro;
  9. Otorgar donativos o remuneración en favor de organizaciones de cualquier tipo; y
  10. Pago de costos o apoyos en representación legal de personas físicas o

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Extraído de la Página Web: “Estándares Pro-Bono MX”: https://estandaresprobono.mx/estandares-del-trabajo-pro-bono/

Preguntas Frecuentes/

  • Personas o comunidades de escasos recursos o que estén en alguna situación de vulnerabilidad.
  • Organizaciones que beneficien a las personas mencionadas arriba.
  • Personas, comunidades u organizaciones que laboren en temas de interés público y que de otra forma no obtendrían una representación o asesoría efectiva.
  • Origanizaciones sociales, culturales y educativas que sirvan al interés público y que de otra manera no obtendrían una representación o asesoría efectiva.
  • Una vez aceptado tu asunto: firmar los documentos que se te envíen, para comenzar con tu asesoría.
  • Tratar con respeto a los abogados que lleven tu asunto, al igual que a cualquier personal del BJS con quienes tengas comunicación.
  • Seguir las instrucciones que te de tu abogado.
  • En primer lugar, de que llenes correctamente el formulario que se encuentra en esta página.
  • En caso de que te soliciten información adicional, proporcionarla con la mayor rapidez posible y, más importante, completa.
  • Responder a la entrevista que se te haga con sinceridad. No quieras adornar tu caso o circunstancias con cuestiones falsas, al final podrían ser perjudiciales para tu asunto.
  • En cuanto a la aceptación de tu caso, todo puede ser hecho de forma electrónica, al menos que te sea imposible enviar algunos documentos por esta vía y que se te solicite que los entregues personalmente, pero queremos ahorrarte viajes que impliquen gastos para ti. Una vez aceptado tu caso, es posible que tu abogado sí te pida que se reúnan en algún sitio.