Modelo de operación BJS/
Modelo de operación BJS/
Flujo para Asignación de Asuntos Pro Bono BJS/
Flujo para Asignación de Asuntos Pro Bono BJS/
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Embajador recibe solicitud de atención ya sea vía correo electrónico, mensaje de WhatsApp, llamada telefónica o solicitud de atención (formulario). De considerarlo necesario, el Embajador contactará al beneficiario para ampliar la información recibida.
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Embajador envía la solicitud de atención al Comité de Asignación de Casos, en un lapso no mayor a 24 horas.
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El Comité de Asignación de Casos realiza los siguientes análisis:
a) En caso de que el Comité de Asignación de Casos considere que faltan elementos para determinar si el asunto puede o no ser considerado Pro-Bono y/o si falta cualquier otro tipo de información que el beneficiario necesite proporcionar, se lo comunicará al Embajador, en un periodo no mayor a 48 horas, para que este, a su vez, contacte al beneficiario, usando el Formato 00. Una vez que el Embajador reciba la información solicitada por parte del beneficiario, reiniciará desde el paso 2.
b) En caso de que el Comité de Asignación de Casos rechace la solicitud de atención, por no cumplir los requisitos de un asunto Pro-Bono, el Embajador comunicará el resultado al beneficiario, para lo cual utilizará el Formato 01. En caso de que la solicitud sea rechazada, debe ser revisada por el titular del Comité de Asignación de Casos. Este análisis debe realizarse dentro de un periodo de 48 horas.
c) En caso de que la solicitud sea aceptada, el Coordinador de Asuntos, que forma parte del Comité de Asignación de Casos realiza las siguientes acciones:
(i) Avisa al Embajador para que lo comunique al beneficiario;
(ii) Comienza el llenado del Control de Seguimiento de Asuntos Pro Bono con la información de que disponga en ese momento; y
(iii) Empieza a preparar el proyecto de contrato entre el Abogado Pro-Bono y el INCAM, así como el contrato entre el Abogado Pro Bono y el beneficiario.
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El Comité de Asignación de Casos a través del Coordinador de Asuntos contactará al responsable de la Coordinación de la Materia de que se trate el asunto, quien revisará la solicitud y asignará a un Abogado Pro-Bono que considere idóneo para que sea responsable del asunto. En caso de que la solicitud no sea de su competencia o haya recibido el caso por error, deberá regresarlo al Comité de Asignación de Casos, con la sugerencia de la Coordinación adecuada. En cuyo supuesto deberá regresarlo a más tardar a las 24 horas de haberlo recibido.
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La Coordinación por Materia confirma que el asunto sea de su competencia, y contacta al Abogado Pro Bono que considere sea el idóneo para atender el caso*, y pone en contacto al Coordinador de Asuntos con el Abogado Pro Bono para que le entregue la información disponible relativa al asunto y comience la elaboración del Acuerdo de Servicios a celebrarse entre el INCAM, a través del BJS, y el beneficiario; y el Memorándum de Entendimiento (MOU) a celebrarse entre el INCAM, a través del BJS, y el Abogado Pro Bono.
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El Coordinador de Asuntos del Comité de Asignación de Casos notificará al Embajador respecto de los datos de contacto del Abogado Pro Bono asignado para que el Embajador notifique al beneficiario la aceptación del caso y asignación de Abogado Pro Bono, copiando en el correo a este último y al mismo Coordinador de Asuntos, utilizando el Formato 03. A partir de esta comunicación, las subsecuentes comunicaciones para la atención del asunto y por lo mismo entrega de información personal para elaborar el expediente relacionado con el asunto, deberá recibirla de forma confidencial directamente el Abogado Pro Bono por parte del Beneficiario, sin copiar a ningún miembro del BJS.
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En caso de que ningún Abogado Pro-Bono pueda tomar el asunto el Coordinador de la Materia se lo notificará al Coordinador de Asuntos del Comité de Asignación de Casos, quien, a su vez, se lo hará saber al Embajador y este al beneficiario, utilizando el Formato 02.
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El Coordinador de Asuntos enviará el MOU al Abogado Pro-Bono y dará seguimiento con el Coordinador de la Materia para obtener el MOU firmado entre el INCAM y el Abogado Pro-Bono. El Abogado Pro-Bono regresa el MOU firmado vía electrónica o lo envía por mensajería o acuse a las oficinas del INCAM a firmarlo, en un plazo no mayor a una semana tras haber sido notificado.
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El Coordinador de Asuntos enviará el Acuerdo de Asuntos al beneficiario utilizando el Formato 04 y dará seguimiento con el este último para obtener el Acuerdo de Servicios firmado entre el INCAM y el beneficiario. El Beneficiario regresa el Acuerdo de Servicios firmado vía electrónica o lo envía por mensajería o acuse a las oficinas del INCAM a firmarlo, en un plazo no mayor a una semana tras haber sido notificado.
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El Coordinador de Asuntos del Comité de Seguimiento de Asuntos dará seguimiento mensualmente con cada uno de los Abogados Pro-Bono respecto del estatus de cada asunto, debiendo actualizar el Control de Asuntos. En la sesión mensual del Consejo del BJS el Coordinador de Asuntos presentará un informe de los asuntos basados en el Control de Asuntos.
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Embajador: prestador de servicio social cuya función consiste en ser el contacto del BJS con los posibles beneficiarios.
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Comité de Asignación de Casos: está conformado por prestadores de servicio social y, al menos, un Abogado miembro del Consejo del BJS, quien actuará como su titular.
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Coordinación por Materia: son las distintas coordinaciones que operan dentro del BJS, de acuerdo a la rama del Derecho en la que están especializados sus integrantes y que es dirigida por un Coordinador.
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Comité de Seguimiento de Asuntos: está conformado por prestadores de servicio social y, al menos, un abogado miembro del Consejo del BJS, quien actuará como su titular.
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Formato 00: formato por medio del cual el Embajador solicita al beneficiario ampliar la información proporcionada.
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Formato 01: Formato en que se comunica al beneficiario el rechazo de su asunto por no cumplir los requisitos de un asunto Pro-Bono.
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Formato 02: es el formato que contiene el expediente de cada caso, con toda la información de que se dispone, y que se va completando en distintas etapas. Este formato es el que alimentará las bases de datos del BJS.
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Control de Asuntos Pro-Bono: es el formato que contiene el expediente de cada caso, con toda la información de que se dispone, y que se va completando en distintas etapas. Este formato es el que alimentará las bases de datos del BJS.
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Formato 03: formato por medio del cual el Embajador notifica al beneficiario que no se cuenta con un abogado para atender su caso.
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Formato 04: formato que sirve para notificar al beneficiario de que su caso fue aceptado.